Consejo de Derechos Humanos prorroga mandato de la Relatoría Especial

Lea la resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU acerca de la prórroga del mandato de la Relatoría Especial para una Vivienda Adecuada:


La vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel
de vida adecuado

El Consejo de Derechos Humanos,

Reafirmando todas sus resoluciones anteriores así como las aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos sobre la cuestión de la vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, incluida la resolución 6/27 del Consejo, de 14 de diciembre de 2007,

Reafirmando también que los instrumentos internacionales de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la

Declaración Universal de Derechos Humanos, entrañan para los Estados partes obligaciones y compromisos en materia de acceso a una vivienda adecuada,

Recordando sus resoluciones 5/1 sobre la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos y 5/2 sobre el Código de conducta para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007, y subrayando que los titulares de los mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos,

Recordando también los principios y compromisos que en relación con la vivienda adecuada están consagrados en las disposiciones pertinentes de declaraciones y programas adoptados por importantes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas y por la Asamblea General en períodos extraordinarios de sesiones y en sus reuniones de seguimiento, como la Declaración de Estambul sobre los Asentamientos Humanos y Programa de Hábitat y la Declaración sobre las ciudades y otros asentamientos humanos en el nuevo milenio adoptada en el vigésimo quinto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General y anexa a su resolución S-25/2, de 9 de junio de 2001,

Preocupado por el hecho de que cualquier deterioro de la situación general de la vivienda afecta de manera desproporcionada a quienes viven en situación de pobreza, las personas con ingresos bajos, las mujeres, los niños, las personas pertenecientes a las minorías y los pueblos indígenas, los migrantes, las personas de edad y las personas con discapacidad,

Observando la labor que realizan los órganos de tratados de las Naciones Unidas, en particular el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para promover los derechos relacionados con la vivienda adecuada, incluidas sus Observaciones generales Nos. 4, 7, 9 y 16,

1. Reconoce con aprecio la labor realizada por la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el derecho de no discriminación a este respecto, incluidas las misiones a los países;

2. Decide prorrogar por un período de tres años el mandato de la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado y sobre el derecho de no discriminación a este respecto, para que, entre otras cosas:

a) Promueva la plena realización del derecho a una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado;

b) Identifique las mejores prácticas así como los problemas y obstáculos a la plena efectividad del derecho a una vivienda adecuada, y determine las deficiencias de protección a este respecto;

[…]

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