Candidatos propuestos para la Relatoría Especial sobre la vivienda adecuada

Lea, a continuación, la lista de candidatos preparada por el Grupo Consultivo del Presidente del Consejo de Derechos Humanos para el mandato de la Relatoría Especial sobre el derecho a la vivienda adecuada. Esta lista será enviada al Consejo de Derechos Humanos de la ONU y uno de estos candidatos será seleccionado, durante la 25ª sesión ordinaria,  para ocupar el mandato.

Candidatos propuestos por el Grupo Consultivo del Presidente para la Relatoría Especial sobre la vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado y el derecho a la no discriminación en este contexto

El Grupo Consultivo valoró la elevada calidad de los candidatos para el mandato. Se entrevistó a cinco candidatos preseleccionados y, aunque cada uno de ellos tuvo un buen desempeño durante la entrevista, el Grupo Consultivo recomienda a las tres personas siguientes como las mejor calificadas para cumplir el mandato, en el siguiente orden de preferencia.

  1. Mr. Fernando MURILLO (Argentina)
  2. Ms. Leilani FARHA (Canadá)
  3. Mr. Balakrishnan RAJAGOPAL (Estados Unidos de América)

El Sr. Murillo es arquitecto, urbanista y académico con más de 15 años de experiencia trabajando como consultor en temas de vivienda y planificación urbana para gobiernos, comunidades locales y diversos organismos de las Naciones Unidas, entre ellos UNHABITAT, UNHCR, UNDP, UNRWA y UNICEF. Tiene variada experiencia en América Latina, África y Oriente Medio, y ha trabajado en varios temas relacionados con la labor del mandato incluidos el desarrollo del hábitat en situaciones posteriores a los conflictos, la calidad de la vivienda, los asentamientos informales y los problemas de desalojo. El Grupo Consultivo considera que la experiencia operativa y política del Sr. Murillo, y su énfasis durante la entrevista en el intercambio de buenas prácticas entre diversas regiones, así como en el fomento de enfoques participativos para la planificación y los derechos a nivel local, lo hacen muy adecuado para el papel de Relator Especial.

La Sra. Farha es abogada y actualmente Directora Ejecutiva de Canadá Sin Pobreza, una organización de la sociedad civil dedicada a la eliminación de la pobreza y a la protección de los derechos económicos y sociales. Su experiencia laboral anterior incluye el trabajo con organizaciones no gubernamentales centradas en los derechos de la vivienda, organismos de las Naciones Unidas, entre ellos UN-HABITAT y la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos. Ella ha trabajado intensamente en temas relacionados con pobreza, marginación social e igualdad de género. El Grupo Consultivo se impresionó por la pasión de la Sra. Farha para garantizar el ejercicio progresivo del derecho a una vivienda adecuada y su enfoque pragmático, incluyendo un énfasis en la aplicación práctica de las normas existentes, la participación de múltiples partes interesadas y la inclusión en el diseño de políticas.

El Sr. Rajagopal es Profesor Asociado de Derecho y Desarrollo en el Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT) y Director del Programa MIT de Derechos Humanos y Justicia. Ha impartido clases y ha escrito extensamente sobre derecho internacional, derechos humanos y cuestiones relacionadas con el desarrollo. Tiene experiencia de campo en Cambodia con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y de la Autoridad Provisional de las Naciones Unidas. El Grupo Consultivo ha tomado nota de la visión reflexiva del Sr. Rajagopal para el mandato, en particular su énfasis en el aprovechamiento de la capacidad de las Naciones Unidas a nivel local para avanzar en las recomendaciones de la Relatoría Especial, la importancia del acoplamiento de los promotores privados en la planificación y el diálogo sobre políticas, así como la ventaja de fomentar vínculos con otros mecanismos tales como los relatores especiales sobre la extrema pobreza, la alimentación y los pueblos indígenas,  y sobre El Examen Periódico Universales y los órganos de tratados.

(traducción no oficial)

 

Fuente: OHCHR

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