La norma española de desahucios es contraria a la legislación europea

14 de marzo del 2013

El Tribunal de Luxemburgo dice que no da a los ciudadanos una protección suficiente. El Gobierno se compromete a corregir la norma de «inmediato» para que el desahucio no sea efectivo hasta que el juez decida si hay cláusulas abusivas.

Las medidas que regulan en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son contrarias a la legislación europea, que busca proteger a los consumidores de las cláusulas abusivas, sentenció este jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

El fallo subraya que el régimen procesal español es contrario a las normativas europeas, ya que impide que el juez competente paralice un proceso de ejecución hipotecaria si considera que alguna de las cláusulas del contrato firmado entre el cliente y el banco en cuestión es abusiva. «La directiva europea sobre cláusulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez (…) adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final», indicó la Corte con sede en Luxemburgo en un comunicado. El Tribunal europeo apuntó a «todos los casos en que la ejecución de un inmueble se lleve a cabo antes de que el juez declare abusiva la cláusula contractual en la que se basa la hipoteca y, en consecuencia, la nulidad del procedimiento de ejecución».

La sentencia se basa en el caso de Mohamed Aziz, un ciudadano marroquí residente en España que demandó al banco Catalunyacaixa después de ser desahuciado junto a su familia de su vivienda por no pagar los plazos de una hipoteca. En julio de 2007, Aziz firmó un préstamo con garantía hipotecaria de 138.000 euros sobre su vivienda familiar, pero un año después dejó de pagar las cuotas mensuales, por lo que Catalunyacaixa inició un procedimiento de ejecución hipotecaria contra él. El bien se adjudicó al banco por el 50% de su valor y el 20 de enero de 2011, Aziz fue expulsado de su vivienda. El hombre había presentado poco antes una demanda contra Catalunyacaixa en la que solicitaba que se anulara una cláusula del contrato de préstamo hipotecario por su carácter abusivo y, en consecuencia, que se declarara la nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria.

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, encargado del litigio, decidió preguntar al Tribunal de Justicia de la UE si el Derecho español se ajusta a la directiva europea de cláusulas abusivas, al considerar que hace que resulte muy complicado para el juez garantizar una protección eficaz del consumidor.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia de la UE recalcó que, en España, el juez no tiene la posibilidad de suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria aún si declara nula una cláusula de un contrato por considerarla abusiva. De este modo, el juez sólo podría garantizar al consumidor una protección a posteriori a través de una indemnización que «resulta incompleta e insuficiente, y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de esas cláusulas», según la Corte europea.

El Tribunal de Justicia de la UE considera que esto ocurre «con mayor razón» en los casos en los que el bien hipotecado es la vivienda del consumidor y de su familia, como es el caso de Aziz, y lamenta que la indemnización por daños y perjuicios «no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda». En el fallo, la Corte también indica que corresponde a los juzgados competentes analizar si las cláusulas incluidas en el contrato en cuestión son abusivas y si responden a los objetivos deseados a la vez que garantizan los derechos del consumidor.

El Gobierno se compromete a cambiar la normativa

Ante esto, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se ha comprometido a corregir de inmediato aquellos aspectos de la legislación hipotecaria española que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que no protegen suficientemente a los ciudadanos. En declaraciones en el Congreso, el ministro ha garantizado que, a la espera de un «estudio en profundidad» de la redacción de la sentencia, el Gobierno «naturalmente» incorporará la doctrina del TJUE a la legislación española. «Asumimos el compromiso de corregir aquellos aspectos que se consideren contrarios a la legislación europea», ha asegurado.

El PP cambiará la legislación hipotecaria para aplicar la sentencia europea sobre desahucios y evitar que una persona que haya presentado una demanda por cláusulas abusivas en su préstamo, admitida por el juez, pueda perder su vivienda antes de que la justicia resuelva sobre la denuncia. El portavoz del PP en el Congreso, Alfonso Alonso, ha explicado a los periodistas que ésta es la corrección principal a la que obliga la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.

Alonso, que ha confirmado que se ampliará el plazo de enmiendas de la ley que se tramita en el Congreso para introducir los cambios necesarios, ha advertido de que el fallo europeo no cuestiona el sistema de ejecución hipotecaria español en su conjunto, sino que insta amejorar la legislación en algunos aspectos como el mencionado anteriormente. En estos momentos tanto el PP como el Gobierno están analizando al detalle los argumentos de la sentencia para decidir de qué manera se mejora la legislación española, según ha apuntado el portavoz popular, que también ha explicado que los cambios afectarán fundamentalmente a la ley de enjuiciamiento civil.

Alonso ha subrayado que su grupo parlamentario ya tiene en sus enmiendas varias de las cuestiones que apunta la sentencia. Las enmiendas de los populares, así, tocarán aspectos relativos a la limitación de los intereses de demora, la ampliación del número de impagos para poder instar a la ejecución de la sentencia, la independencia de la tasación o el valor de la vivienda cuando se la queda el banco. Lo que hay que corregir son los casos en los que ya se haya producido el lanzamiento de una vivienda y haya una sentencia posterior al desahucio que declare abusivas las cláusulas de ese préstamo.

Para evitar que esto ocurra y «dar garantía» de que esa persona no pierde su vivienda se cambiará la ley, ha apuntado el portavoz, quien por otra parte ha advertido de que entre los cambios previstos no estará la dación en pago retroactiva que piden la plataforma de afectados por desahucios y buena parte de la oposición. Ante las críticas de la oposición, que se ha quejado de que el PP no admitiera antes estos cambios cuando se esperaba esta sentencia, el portavoz de los populares ha recomendado a los otros partidos que se «lean los papeles del principio al final» y ha señalado que no se puede valorar un fallo judicial meses antes de que se produzca.

Además, ha defendido la prudencia del grupo mayoritario por permitir la ampliación del plazo de enmiendas precisamente a la espera de que se conociese el fallo. Igualmente, ha rechazado que esta sentencia pueda provocar un colapso en los tribunales antes de que se reforme la legislación como han advertido otros grupos de la oposición.

Por otro lado, Alonso no ve necesario que el Gobierno apruebe un decreto para trasponer inmediatamente a la legislación española lo que reclama la sentencia, porque entiende que en poco tiempo se va a resolver la tramitación parlamentaria de la iniciativa legislativa popular sobre este tema. Asimismo, el portavoz de los populares cree que no es necesario, como han reclamado algunos partidos, que un representante de la plataforma de afectados por la hipoteca (PAH) participe en dicha tramitación, ya que ha recordado que ya compareció en la Cámara la portavoz de este colectivo, Ada Colau. Finalmente, y ante las críticas de los socialistas ha ironizado sobre los «desvelos» que tiene ahora el principal partido de la oposición cuando «nunca propuso nada» sobre desahucios cuando estaba en el Gobierno.

 

Fuente: Diario de Sevilla

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